Los 10 mandamientos del periodismo
Ambos son conceptos prácticamente
imposibles de cumplir o incluso comprender para los periodistas y el mundo,
desde el momento en el que eres un sujeto se pierde la objetividad absoluta.
No obstante, la verdad para el periodista
no es la realidad irrefutable, sino que viene a significar contraste, trabajo
ético y fiable. El artículo 20.1 de la Constitución en el que se recogen todos
los derechos que se corresponden a las áreas de la comunicación nos habla de la
protección jurídica hacia el periodista siempre y cuando la información que
éste ofrezca sea veraz. Es decir, que quien informa haya conseguido la
información de forma diligente y suficientemente contrastada.
En ese mismo artículo se define que
todas las personas de la sociedad tienen derecho a dar su opinión y difundirla.
La opinión debe entenderse como la parte subjetiva de la comunicación, por lo
que sus únicos límites son externos con los derechos de la personalidad. Por
otro lado existe la libertad de información, que permite a todos obtener
información y difundirla, este último derecho hace que cualquier persona pueda
ejercer la profesión de periodismo sin necesidad de pasar el grado o estar
colegiado en los Colegios de Periodismo. El derecho a la información también da
a la ciudadanía la potestad de elegir qué información tomar y el sitio del cual
la toma. Esto provoca que sea deber de los periodistas asegurarse de que en el
panorama mediático exista una gran pluralidad de medios con distintas líneas
editoriales, al mismo tiempo que se debe asegurar la independencia de todos
ellos.
Esos límites externos, los derechos
de la personalidad, deben ser respetados por los periodistas, o sea que los
profesionales de la información no deben saltarse en su labor los derechos a la
intimidad, a la propia imagen y al honor de las personas. A pesar de que en
algunos casos, principalmente los que implican a las figuras de relevancia
pública (políticos o funcionarios de las instituciones que se ven obligados a
estar en la esfera mediática) o los casos de calumnias en las que se demuestra
el exceptio veritatis, se pueden justificar estos delitos en favor de los
derechos recogidos en el artículo 20.1, el periodista debe actuar con extremo
cuidado.
En los casos judiciales o de
presuntos delitos el periodista deberá respetar la presunción de inocencia y
actuará con cuidado para proteger la identidad de las víctimas y sus
familiares.
Los periodistas y medios de
comunicación protegerán los derechos especiales de la infancia y la juventud.
Se evitará fotografiar o grabar a menores, así como exponer elementos de su
intimidad o derecho a la propia imagen y tratar con mucha sensibilidad las
noticias que impliquen a este sector de la población.
Los profesionales de la información
deberán tener en cuenta que su prioridad es la gente, por la tanto deberán
tener cuidado de no señalar a determinados colectivos para evitar que puedan
proliferar delitos de odio hacia los mismos. Por tanto, tendrán que ser
cuidadosos para no relacionarlos con delitos o hacerles daño moral de cualquier
forma a través de las palabras.
Los medios y sus integrantes deberán
dejar claro la separación de información y opinión e intentar en la medida de
lo posible la máxima imparcialidad. Además, protegerá la intimidad de sus
fuentes siempre que estas lo pidan y respetará las conversaciones off the
record (se llevan a cabo al margen de la profesión).
Se tienen que respetar los derechos
de autor y las licencias creative commons para evitar el plagio y por tanto la
mala praxis.
Se separará con claridad el
contenido periodístico de la publicidad pagada para evitar confusión o errores
en la audiencia y asegurar la independencia de los medios y sus profesionales.
Esta separación incluye artículos pagados o impulsados por alguna empresa que
pretende utilizar al medio para llevar a cabo una campaña de marketing. Por
ejemplo, si sale una serie sobre Jeffrey Dahmer y la productora paga a un medio
para que haga un reportaje sobre dicho personaje y recomiende la serie en el
artículo.
El periodista deberá preservar su
independencia por encima de todo, por lo tanto deberá evitar establecer
relaciones personales con personas a las que pueda llegar a criticar o que sean
de relevancia pública para el país, y si es el caso, deberá relegar la
información que les afecte a otros periodistas que tengan una relación
independiente con dichas personas.
Bibliografía:
-
Manual de Estilo de Radio
Televisión española: https://manualdeestilo.rtve.es/
-
Manual de estilo de el diario El
País: https://www.parlament.cat/document/nom/manual-de-estilo-de-el-pais.pdf
-
Recomendaciones de la FAPE: https://fape.es/recomendaciones-periodisticas/
- Código deontológico de la Unión Europea (Estrasburgo): https://periodistasandalucia.es/wp-content/uploads/2017/01/CodigoEuropeo.pdf

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